ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LIDERAZGO
Es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización.
Puede delegar funciones y la autoridad al personal encargado del
desarrollo, aplicación y resultados del SGSST, quien rinde cuentas de
sus acciones al empleador o autoridad competente.
Puede suscribir contratos de locación de servicios con terceros, para la gestión, implementación, monitoreo y cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre SST.
Ello no exime al empleador de su deber de prevención y, de ser el caso, de resarcimiento.
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
La participación de los trabajadores es un ELEMENTO ESENCIAL del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la Organización.
Los trabajadores y sus representantes son consultados, informados y capacitados.
Ámbito de desarrollo del derecho de participación:
•Todos los aspectos de la seguridad y salud en el trabajo.
•La convocatoria a las elecciones, la elección y el funcionamiento del comité de seguridad y salud en el trabajo.
•La identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos al interior de cada unidad empresarial y en la elaboración del mapa de riesgos.

Responsabilidades del trabajador


Descargar Referencias:
Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Ley 30222 – Ley que modifica la Ley 29783
DS 005-2012-TR – Reglamento de la Ley 29783
DS N° 001-2021-TR – Modifica el Reglamento de la Ley 29783
DS N° 050-2013-TR – Formatos referenciales del Sistema de Gestión – Anexos
